
18 Nov Claves de los Registros de oferta y demandantes de vivienda pública
A partir de la formación que impartieron el pasado 15 de noviembre responsables de las direcciones territoriales de Alicante y Castellón de la Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, resumimos las claves del Decreto 106/2021, de 6 de agosto, del Registro de Vivienda de la Comunitat Valenciana y del procedimiento de adjudicación de viviendas. Esta información completa la que resumía las claves sobre el Decreto de Tanteo y Retracto.
Objeto del Decreto
El Decreto 106/2021, de 6 de agosto, del Registro de Vivienda de la Comunitat Valenciana y del procedimiento de adjudicación de viviendas tiene varios objetos. Por una parte, la creación de un registro de vivienda de la Comunitat Valenciana; por otra, regular el procedimiento de adjudicación ordinario de viviendas protegidas de promoción pública y viviendas del patrimonio público de la Generalitat Valenciana. La norma también desarrolla el estatuto de las personas usuarias de las viviendas de patrimonio público de la Generalitat, es decir, quién puede hacer uso de ellas.
El Registro de vivienda
El Registro de Vivienda de la Comunitat Valenciana se articula en tres secciones: registro de demanda, registro de oferta e inventario de vivienda. A su vez, existen dos subsecciones: una para la vivienda protegida de promoción pública y del patrimonio público de la Generalitat, y otra para la vivienda protegida de promoción privada. Finalmente, existe un epígrafe dedicado al acceso al alquiler, otro orientado a la compra y un tercero para otras modalidades de uso de vivienda pública.
Requisitos para inscribirse en el Registro de demanda de vivienda pública
Cualquier unidad de convivencia que quiera acceder a una vivienda pública deberá inscribirse en el Registro de demanda de vivienda pública, y manifestar cumplir una serie de requisitos mediante una declaración responsable. La inscripción, no obstante, la realizará una persona física como representante de la unidad de convivencia. Cualquier persona, por tanto, que quiera comprar una vivienda pública deberá inscribirse en este registro. La solicitud de inscripción como demandante de vivienda pública puede realizarse telemáticamente o presencialmente en algunas de las oficinas territoriales de València, Castellón o Alicante. Los requisitos para acceder a una vivienda pública son:
- No ser titular de la totalidad de una vivienda
Ningún miembro de la unidad de convivencia podrá ser titular de la totalidad de otra vivienda libre o protegida, en pleno dominio, usufructo u otros derechos. Sí podrá ser en cambio titular de una parte o porcentaje. No obstante, existe excepciones para los siguientes casos, los cuales sí podrían inscribirse en el Registro de demanda pese a estar en posesión total de una vivienda:
- No pueden hacer uso de la vivienda en propiedad por separación.
- La vivienda es inadecuada por motivos de discapacidad.
- Existe necesidad de cambio de vivienda por violencia de género.
- Existe necesidad de cambio de vivienda por trata de seres humanos.
- La vivienda es inadecuada por superficie.
- La vivienda no reúne condiciones de habitabilidad.
- Ser titular de un derecho de realojo.
- Imposibilidad de uso de la vivienda por vulnerabilidad o riesgo de exclusión.
- Máximo de ingresos
Para poder inscribirse en el Registro de demanda de vivienda pública, la unidad de convivencia no deberá tener ingresos superiores a 6,5 veces el IPREM en 12 pagas. Este tope podrá incrementarse ligeramente si alguno de los miembros de la unidad de convivencia reúne alguna de estas condiciones:
- + 0,5 IPREM (ingresos hasta 7 veces IPREM) si algún miembro de la unidad de convivencia tiene reconocida una discapacidad del 33% (ingresos hasta 7 veces IPREM).
- + 0,2 IPREM si algún miembro de la unidad de convivencia es menor de edad (ingresos hasta 6,7 veces IPREM).
- + 0,1 IPREM es mayor de edad (ingresos hasta 6,6 veces IPREM).
- + 0,1 IPREM si algún miembro de la unidad de convivencia es mayor de 65 años(ingresos hasta 6,6 veces IPREM).
En 2021 el importe mensual del IPREM era 564,90 € mientras que el importe anual distribuido en 12 pagas se situaba en 6.778,80 €.
- Ser residente en la Comunitat Valenciana al menos un año.
Para poder inscribirse en el Registro de vivienda pública, el representante de la unidad de convivencia tiene que ser residente al menos un año en la Comunitat Valenciana.
Requisitos para inscribirse en el Registro de oferta de vivienda pública
Todas las viviendas del patrimonio público de la Generalitat Valenciana y las viviendas públicas tanto de promoción pública como de promoción privada con calificación definitiva deben inscribirse en el Registro de oferta de vivienda pública para poder proceder a su cesión o adjudicación. La persona física titular o el promotor privado de la vivienda o viviendas serán los responsables de realizar la inscripción telemáticamente o en alguna de las oficinas territoriales de València, Castellón y Alicante. Solo si las viviendas están dadas de alta en el Registro podrán formar parte de los procesos de adjudicación de vivienda pública y, por tanto, ser objeto de operaciones de compraventa. Un propietario, por tanto, podrá vender una vivienda pública siempre y cuando esté inscrita en el Registro de oferta de vivienda pública y dentro de un procedimiento de adjudicación. Es decir, no podrá vendérsela a cualquiera, ya que el comprador deberá estar inscrito a su vez en el Registro de demandantes y cumplir los requisitos.
Cómo es el procedimiento de adjudicación de vivienda pública
El proceso ordinario de adjudicación de vivienda pública tiene por objetivo cubrir la necesidad de vivienda. Para realizar una adjudicación se seguirán estos criterios de baremación:
- La capacidad económica de la unidad de convivencia..
- El número de integrantes de la unidad de convivencia.
- La localización de la vivienda.
- La condición de especial vulnerabilidad
Asimismo podrán producirse procesos de adjudicación de vivienda excepcionales por circunstancias extraordinarias o determinados colectivos, por resolución de Conselleria o por criterios específicos.
El régimen de cesión de vivienda pública podrá realizarse por medio de contratos de compraventa y arrendamiento, mediante cesiones de uso gratuitas u otras formas.
Inventario de vivienda de protección pública
Independientemente, las personas tanto físicas como jurídicas, propietarias o promotoras, tienen la obligación de inscribir las viviendas de protección pública en el Inventario de Viviendas de protección pública de la Generalitat Valenciana, con la finalidad de realizar su seguimiento y actualizar datos. Para ello tienen un mes desde la adquisición o desde la calificación provisional. El registro se hace de forma telemática o presencial en cualquiera de las oficinas territoriales de València, Castellón y Alicante.